Primer acercamiento al Código de Ética del Psicólogo
El secreto profesional
En este primer acercamiento les contaré un poco sobre el secreto profesional, aspecto clave que debe manejar cualquier psicólogo que ejerza la profesión.
El secreto profesional del psicólogo, según el código de ética, es aquel deber de guardar secreto de conocimiento en el ejercicio de su profesión. Este deber hace la esencia de la profesión, responde al bien común, protege la seguridad del consultante y su familia y es garantía de la responsabilidad del profesional, cualquiera sea su ámbito de desempeño.
En el caso de un menor, la información que se da a los padres o responsables, y a las instituciones deberán realizarse de manera que no condicione el futuro del menor y no pueda ser utilizada en su perjuicio.
En el caso de un menor, la información que se da a los padres o responsables, y a las instituciones deberán realizarse de manera que no condicione el futuro del menor y no pueda ser utilizada en su perjuicio.
Limites del secreto profesional
Los psicólogos podrán comunicar información cuando lo exija el bien del propio consultante, debido a que por causas de su estado haya de causarse un daño o causarle daño a otros.
En todos los casos, la información que se comunique debe ser estrictamente necesaria procurando que sea recibida por personas competentes capaces de preservar la confidencialidad.
Revelación de la información
Los psicólogos pueden revelar la información confidencial con el consentimiento informado excepto en casos prohibidos por la ley.
Se revela información cuando se debe proteger al cliente de un daño potencial o permanente, y se debe resguardar su intimidad. LA INFORMACIÓN REVELADA DEBE TENER SIEMPRE UN PROPÓSITO.
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